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Cancelación de complementos de pago 2026: riesgos fiscales

Cancelación de complementos de pago 2026 y riesgos fiscales para empresas en México

Cancelación de complementos de pago 2026 y riesgos fiscales


Riesgos operativos y fiscales derivados de la nueva regla

La cancelación de complementos de pago 2026 cambió de forma relevante con la entrada en vigor de la Resolución Miscelánea Fiscal, generando nuevos riesgos operativos y fiscales para los contribuyentes.

El cambio al que hacemos referencia se encuentra en la regla 2.7.1.35., la cual señala que, a partir del ejercicio 2026, los CFDI de tipo pago, comúnmente conocidos como complementos de pago, solo podrán cancelarse con la aceptación del receptor.

Esto implica que, cuando un contribuyente emisor haya emitido una factura de ingreso con método de pago PPD (Pago en Parcialidades o Diferido) y posteriormente haya emitido el complemento de pago por la recepción del cobro, cualquier corrección relacionada con datos como la fecha de pago, el importe o la forma de pago requerirá la cancelación del CFDI, quedando dicha cancelación sujeta a la aceptación del cliente en su carácter de receptor del comprobante.

Desde un punto de vista administrativo, esta modificación representa un contratiempo relevante, ya que el emisor deberá esperar hasta 72 horas para que el receptor acepte la cancelación, lo cual impide una corrección inmediata ante este tipo de situaciones operativas.


Caso práctico

Para efectos del siguiente ejemplo, se entenderá como contribuyente emisor a la empresa que emite el CFDI, y como cliente o receptor del CFDI a la cadena de supermercados que recibe la factura.

Un contribuyente emisor emitió una factura de ingreso con método de pago PPD en el mes de diciembre de 2025. No obstante, por cuestiones operativas internas, el cliente (receptor del CFDI) no registró dicha factura en su plataforma interna de inventarios.

En enero de 2026, el cliente realizó la liquidación de la factura; sin embargo, en ese mismo mes solicitó al contribuyente emisor la refacturación del CFDI de ingreso, con el objetivo de corregir su error en controles internos, dado que se trataba de una cadena grande de supermercados con procesos estrictos de registro.

Ante la presión comercial, el contribuyente emisor procedió a solicitar la cancelación de los complementos de pago desde su portal de facturación. Dichas solicitudes fueron rechazadas por el cliente (receptor del CFDI). A pesar de ello, el cliente continuó exigiendo la emisión correcta de las facturas, por lo que el contribuyente emisor volvió a emitir las facturas de ingreso y sus respectivos complementos de pago.

Derivado de lo anterior, se generó una duplicidad en la emisión de CFDI, ya que las facturas originales no pudieron ser canceladas, al haberse rechazado la solicitud de cancelación del complemento de pago. En consecuencia, la factura de ingreso original quedó imposibilitada para su cancelación, al encontrarse vinculada a un complemento de pago vigente.


Impacto fiscal

Como resultado de esta situación, el contribuyente emisor duplicó sus ingresos para efectos fiscales, impactando directamente en la determinación de los impuestos correspondientes.

En caso de que las solicitudes de cancelación de los CFDI duplicados no sean autorizadas, aun cuando el propio cliente haya solicitado la corrección, el contribuyente emisor únicamente tendrá como alternativa iniciar un proceso de conciliación tanto con la autoridad fiscal como con su cliente, lo cual puede resultar complejo, prolongado o incluso improcedente.


Conclusión y recomendación

Ante este tipo de escenarios, nuestra recomendación es que los contribuyentes emisores establezcan un procedimiento interno de control, siguiendo estrictamente el siguiente orden:

  1. Cancelar primero el complemento de pago, previa validación con el receptor.

  2. Cancelar posteriormente la factura de ingreso, en caso de ser necesario.

  3. Realizar la refacturación correspondiente, únicamente cuando las cancelaciones hayan sido aceptadas.

No seguir este procedimiento puede generar riesgos fiscales, duplicidad de ingresos y contingencias administrativas, tal como ocurrió en el caso del contribuyente que solicitó nuestra asesoría la semana pasada.


Cancelación de complementos de pago 2026 y riesgos fiscales para empresas en México

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